¿Qué pasa si me despiden por algo que no he hecho?, si me despiden alegando que he insultado a otro compañero, y no es cierto, ¿Cómo puedo defenderme?

Lo primero es mantener la calma, ya que actuar alteradamente nos puede crear problemas y hacernos perder la razón.

3 cosas que hacer si nos despiden sin razón

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  • NO PERDER LA CALMA. Si tenemos razón, pero lo expresamos de forma agresiva podemos llegar a perderla.
  • DEFENDER NUESTRA RAZÓN. Si el despido es injusto, por hechos falsos, …etc, debemos defendernos ante los Juzgados de lo Social.
  • PRUEBAS. Es importante reunir todas las pruebas que podamos utilizar para probar nuestra versión: testigos, documentos, grabaciones, whasApp, etc.

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Si nos han entregado una carta, y nos han despedido por insultar, es decir un despido disciplinario por insultos, y no estamos de acuerdo con los hechos que nos imputan, no debemos perder la compostura.

Lo primero  es examinar el contenido de la carta, y  si nos percatamos que no hace honor a la verdad, entonces, probablemente estemos ante un despido improcedente, enmascarado de disciplinario, con la finalidad de ahorrarse el empresario tanto la indemnización como el preaviso.

Despido Disciplinario por Insultos

En un despido disciplinario el empresario no tiene obligación ni de preavisar ni de abonar indemnización alguna.

Hay que tener en cuenta que, para que se produzca un despido disciplinario, los hechos que dan lugar al mismo han de ser muy graves.

En el caso del despido disciplinario por ofensas verbales, estas ofensas son consideradas hechos graves por el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores.

El despido ha de comunicarse por escrito, haciendo constar los hechos que lo motivan y la fecha en la que tendrá efecto.

En ocasiones se trata de un despido improcedente, y a veces nulo, enmascarado con la figura del disciplinario.

Una de las causas más habituales de despido disciplinario es el enfrentamiento con los jefes.

Así las ofensas verbales al empresario puede ser motivo de despido disciplinario, según el Estatuto de los Trabajadores.

Estas ofensas se consideran incumplimiento contractual, y por tanto motivo de despido.

También las ofensas verbales a las personas que trabajan en la empresa pueden ser motivo de despido.

Otro motivo incluido en el Estatuto son las ofensas a los familiares que convivan con el empresario o con los trabajadores de la empresa.

Por supuesto, además de las ofensas verbales, un motivo claro y evidente de despido disciplinario son las agresiones físicas.

Al igual que con las ofensas verbales, las agresiones físicas tanto al empresario, a las personas que trabajan en la empresa y a los familiares que convivan con ellos.

Hay otros muchos motivos que pueden dar lugar al despido disciplinario, todos ellos obvios y sensatos.

Despido disciplinario por insultos, u ofensas verbales «inventadas»

Si no estamos de acuerdo con el despido disciplinario, podremos presentar demanda en el Juzgado de lo Social.

Es preceptivo que antes de presentar demanda se solicite acto de conciliación al SMAC.

El plazo para presentar la demanda es de 20 días hábiles desde la fecha del despido.

Estos 20 días quedan interrumpidos por los trámites del Acto de Conciliación, si bien, si en los 15 días siguientes a solicitar la Conciliación, la misma no se ha llevado a efecto, el plazo para presentar la demanda de despido se reactiva, por lo que hay que,

hay que tener mucho cuidado con los plazos.

El Juzgado de lo social determinará si el despido es improcedente o bien, si el mismo procede.

En el acto del juicio la empresa ha de probar los hechos que imputa al trabajador. Sólo así quedarán acreditados.

3 importantes medios de prueba

Para probar los hechos o la falsedad de los mismos, que la empresa alega en la carta de despido, las partes en el acto del juicio, se servirán de:

  • Documentos,
  • Testigos, es la prueba más habitual en este tipo de despidos.
  • También se pueden utilizar otro tipo de pruebas, como los whatsApp, y las imágenes grabadas por las videocámaras.  

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